sábado, 23 de enero de 2010

Quién le pone el chip al doberman


La ley, publicada ayer, entrará en vigencia en 90 días. Habrá multas de hasta 2000 pesos para el que no le ponga correa, bozal y chip.



La ley busca ponerles límites a los perros más bravos. Esta norma, publicada el jueves en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, exige a los dueños de perros de razas consideradas potencialmente peligrosas registrarlos, identificarlos con un chip o tatuaje, ponerles bozal y utilizar una correa corta cuando los sacan a pasear. La legislación considera peligrosos a “aquellos incluidos dentro de una topología racial que por su naturaleza agresiva, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones graves”. Un especialista consultado por este diario se mostró de acuerdo con el control pero discrepó en la calificación de razas peligrosas. “La peligrosidad de un perro no se mide por la raza, sino por su potencia física. A esto se suma la ignorancia o inconsciencia del dueño sobre el comportamiento del animal”, por lo cual habría que hablar de “dueños peligrosos”, afirmó Claudio Gerzovich, médico veterinario especialista en comportamiento canino y felino.

La ley 14.107 entrará en vigencia en todo el territorio provincial dentro de 90 días y su incumplimiento prevé multas de entre 500 y 2000 pesos, aunque también se podría proceder al secuestro del animal. Así, los propietarios de perros de las razas rottweiler, dogo, pit bull, doberman, presa canario y mastín, entre otras, deberán inscribirlos, a partir de los seis meses de vida, en un Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos de la provincia, que tendrá una delegación en cada municipio. Además obliga a los propietarios a colocar elementos como bozal y correa para sacarlos de paseo.

En el registro se entregará al solicitante un instructivo de crianza y prevención, en el que se indicarán las condiciones mínimas para el adiestramiento y sociabilidad que requieren.

Para Gerzovich, “todo perro como especie tiene dentro de su comportamiento normal la agresión. Aunque hay razas que pueden tener en teoría una mayor predisposición a ciertos comportamientos agresivos porque han sido seleccionadas para ello”. Esta ley considera peligrosa a determinada raza, pero podría invertirse la idea y hablarse de perros con dueños peligrosos. En ese sentido, el especialista sostuvo que si bien está de acuerdo con que haya una legislación, “el punto central es hacer hincapié en el propietario” del animal.

Además, destacó que hay “una estigmatización” de ciertas razas. “Cualquier perro con una contextura física mayor a 30 kilos puede hacer un desastre”, destacó. Uno de sus ejemplos sirvió para aclarar la idea: “Seguramente el San Bernardo no es una de las razas que se encuentra en la lista de perros peligrosos –dentro de la ley–, pero el ataque de unos de ellos también puede ser muy grave”.

Según el artículo 6 de la ley 14.107, “cualquier incidente producido por un perro potencialmente peligroso a lo largo de su vida, conocido por las autoridades administrativas o judiciales, se hace constar en su hoja registral, que se cierra con su muerte”.

Las medidas de seguridad también deberán ser adoptadas en el interior del hogar, según el artículo 8 de la ley, “en el que debe haber estructuras suficientemente resistentes y de dimensiones adecuadas que impidan al perro escaparse o sobrepasar el hocico más allá de los límites propios”.

Por otra parte, especifica que aunque el canino tenga su residencia fuera de la provincia de Buenos Aires, cuando se encuentre dentro del territorio bonaerense estará sujeto a la ley.

Informe: Rocío Ilama.


http://m.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-138923-2010-01-23.html